sábado, 9 de marzo de 2013

Al hilo de la agricultura


Al principio del video podemos escuchar a un político catalán criticando la política de la subvenciones en Andalucía y la pésima gestión del empleo en nuestra comunidad, especialmente en el campo andaluz. No era la primera vez que Duran Lleida (CiU) arremetía contra el PER –hoy Profea– y como esta crítica era compartida por otros muchos andaluces que viven en Cataluña. Frente a estas declaraciones hubo otras de  políticos andaluces y nacionales que criticaron el discurso por «falso», «electoralista» y hasta «demagogo». Estas declaraciones fueron condenadas por parte de políticos andaluces, extremeños y de gran parte de partidos políticos.
Para entender este tema importante para la agricultura andaluza lo primero que tenemos que hacer es distinguir entre el Programa de Fomento de Empleo Agrario (antes PER) y el subsidio por desempleo para los jornaleros. El primero existe también en Castilla-La Mancha, Murcia y Valencia. El segundo no, sólo en Andalucía y Extremadura. 
El antiguo PER (hoy PFEA) consiste en que el Estado destina un fondo anual (en Andalucía, 142,9 millones este año más 4,7 que aporta la Junta) para que los ayuntamientos hagan obras y contraten a jornaleros en paro. El dinero va a los consistorios, que presentan sus proyectos de obras a los directores provinciales de Empleo (dependientes del Ministerio) para que los aprueben. A priori reciben el 70% y el resto al acabar las obras y justificar los contratos hechos. Si no, deben devolver el dinero. A andaluces y extremeños esos contratos les sirven para completar las peonadas que necesitan para cobrar el subsidio. 
El Plan de Fomento del Empleo Agrario (PFEA), más conocido como Plan de Empleo Rural (PER), su antigua denominación, es un plan de subvenciones a los ayuntamientos de varias comunidades autónomas, para realizar inversiones en el mundo rural. Fue establecido en 1986 bajo el mandato de Felipe González con el nombre de Plan de Empleo Rural y en sustitución del llamado "empleo comunitario". El PER estaba destinado a las comunidades de Andalucía y Extremadura que contratasen a trabajadores eventuales agrarios (jornaleros) en paro y facilitar así un periodo de empleo y el acceso a un subsidio especial de desempleo. Para esa fecha Andalucía y Extremadura, eran las comunidades con una alta dependencia de la actividad agraria, con una fuerte concentración de la propiedad de la tierra en muy pocas manos y elevadas tasas de paro en las zonas rurales. De los 800.000 jornaleros del país, unos 600.000 eran de estas dos regiones.

En diciembre de 1995, siendo José María Aznar (PP) presidente del Gobierno el PER se transforma en el Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios (AEPSA) pasó a llamarse Plan de Fomento del Empleo Agrario y pasó a aplicarse a más comunidades autónomas (Aragón, Castilla – La Mancha, Comunidad Valenciana, Castilla – León, Región de Murcia y Canarias), aunque Andalucía y Extremadura copan el 86,5% de las ayudas. 
Ocupar los puestos de trabajo temporales financiados por el PER (ahora PFEA) ha permitido el acceso de numerosos jornaleros del campo al Subsidio por desempleo a favor de los trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario. Los jornaleros que hayan trabajado en el campo al menos 35 jornadas tienen derecho a cobrar seis meses de subsidio pero, siempre que se cumplan ciertas condiciones en función de la edad, situación familiar e ingresos mínimos. Desde 2002, los trabajadores eventuales agrarios deben cotizar a la Seguridad Social por desempleo y pueden tener derecho a una prestación contributiva. 
El PER fue polémico desde su creación: sus defensores argumentan que contribuye a mejorar las condiciones de vida en el medio rural y a evitar un éxodo de población de este a las ciudades; sus detractores argumentan que evita un verdadero desarrollo de los pueblos y que lleva aparejado diversos tipos de fraude (trabajadores que declaran peonadas falsas para alcanzar el subsidio, o que continúan trabajando ilegalmente mientras lo reciben). Otro argumento de crítica al PER habla de voto cautivo, en el sentido de que la entrega de subsidios por parte del gobierno favorece el que los subsidiados le voten. La reducción del número de peonadas requeridas para cobrar el subsidio de 35 a 20 fue duramente criticada por algunos sectores que la tildaron de artefacto para reducir la cifra real de parados en más de 200.000 personas en el segundo trimestre de 2010, de compra de votos o motivo de la posterior subida del IVA. 
Se suele confundir el PER con el subsidio agrario, que es el paro de los trabajadores acogidos al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (REASS): 420 euros durante seis meses a quien acredite 35 peonadas el año anterior, no gane más del salario mínimo y haya pagado el sello agrario (unos 50 euros de media) todo el último año. El beneficio mayor es que ha mantenido la población rural, favoreciendo a todos sus sectores, con los servicios al frente, y evitando la emigración masiva a la ciudad ocurrida en las dos Castillas y Aragón, por ejemplo. Aquí podemos ver un video de Canal Sur sobre lo, según este canal televisivo, ha supuesto el PER. 
La cifra destinada al subsidio puede parecer alta, pero de los fondos destinados a la PAC , 5.100 Millones de Euros (2008), solo 203 millones fueron destinados a AEPSA. Sólo en Barcelona el coste de todas las prestaciones por desempleo en agosto fue de 328 millones. 
La cifras sobre cuantas personas se benefician de esto es variable, según fuentes. En 2011, eran 151.536 los jornaleros andaluces y extremeños cobraban esta prestación, aunque en otras fuentes se habla de unos 250.000 de los 470.000 jornaleros los que cobraban entre los 426 euros mensuales y los 569 euros mensuales. De esta cifra, más del 60% son mujeres. 
La denominación actual es Programa de Fomento de Empleo Agrario (Profea). En 1996 se amplió a Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Murcia, Canarias y Aragón, aunque estas no tienen subsidio agrario. El subsidio depende de los jornales y la renta inferior a 7.696,8 euros anuales, pues parte del hecho de que el jornalero no tiene derecho a paro. Solo pueden contar los días trabajados en obras del PER los mayores de 35 años o con cargas familiares. 
La clave de que se cobre en Andalucía y Extremadura es que la agricultura y el empleo agrario representa el 12% del total en Andalucía y el 8% del PIB, un sector sin derecho a paro y sin trabajo al menos los meses de verano. Además, en otras comunidades los fondos del PER se usan no solo para obras sino para contratos más largos en industrias del manipulado y las conservas. El Estado siempre ha aportado fondos para el sector mayoritario de cada comunidad como las reconversiones de la automoción en Cataluña, la minería en Asturias o los astilleros del norte. 
Hoy conviven tres tipos de prestación. Hay tres tipos de subsidios pero de cualquier manera lo reciben, si logran 35 (a veces, 22) peonadas al año, y son 426 euros al mes fijos. Si trabajan más cobran lo mismo. Lo cierto es que la campaña media en el campo andaluz y extremeño dura sobre un mes, y el jornalero solo cotiza los 22 (o 35) días laborables. Hay 4 ó 5 meses sin campaña. Para evitar que los trabajadores /as dejaran de realizar sus peonadas tras llegar al límite de cotización el Gobierno Aznar intentó que se cobrara más cuantos más días se había trabajado (hasta 569 euros). Eso sí, se impuso igualmente un límite : sólo se podía recibir seis veces en la vida. 
El PSOE en 2005 eliminó ese límite pero mantuvo la cuantía variable según los días trabajados. Se mantuvo  el PFEA para toda España y la prestación para los que logren 360 días en 6 años pero la cobran muy pocos. 
Debemos de indicar que cobrar el paro y estar trabajando se sanciona. Como cualquier prestación por desempleo, no se puede compatibilizar con un trabajo (salvo los mayores de 52 años y siempre que sean contratos cortos del sector) ni con otra prestación. Es la Inspección de Trabajo quien lo controla y las sanciones van de uno a seis meses sin subsidio o la retirada definitiva del mismo. En 2010, la Inspección sancionó a 1.609 andaluces de todos los sectores por trabajar cobrando el paro. El subsidio agrario se pierde si el jornalero se muda a otra comunidad o cambia de régimen. 
Lo cierto y es que a pesar de todo Andalucía tiene la tasa de paro más alta de España. Algunos creen que la razón podría estar en que Andalucía se beneficia del PER. Y ven negativo que los trabajadores del campo andaluces se pasen seis meses cobrando el subsidio agrario en cuanto tienen 35 peonadas o jornadas de trabajo. Con 70 peonadas, cobran todo el año. La cantidad que perciben por ello no es muy importante, 420 euros al mes. Pero si en una familia varios de sus miembros cobran el PER, entonces pueden vivir, sobre todo si tenemos en cuenta que el nivel de precios en el medio rural andaluz es, aproximadamente, el 40% del de Madrid. Además, a esto podría sumarse el fraude , bien porque muchos de los que perciben el subsidio agrario trabajan en la economía sumergida mientras lo cobran, bien porque muchos políticos locales firman peonadas que jamás se han trabajado para que sus votantes puedan cobrar el subsidio agrario.
 
Para algunos lo más criticable de esto ha sido que hasta hace poco años muchos empresarios agrícolas españoles han tenido que traer inmigrantes a trabajar para recoger sus cultivos porque no han conseguido estimular a los trabajadores agrarios locales que ya habían cubierto las peonadas que les dan derecho al PER. Otros, por el contrario, como Fernando Ramos, profesor de Economía, Sociología y Políticas Agrarias de la Universidad de Córdoba entiende que "Este sistema ha sido la mejor inversión posible en paz social, la que ha conseguido más con menos recursos", opina. Él es crítico con el PER: admite "cierto clientelismo en el voto", afirma que da a los patronos un "poder caciquil" y calcula un 5% de fraude con "efectos perversos". 
Con todo, el Parlamento andaluz aprobó en septiembre de 2012 una proposición no de ley en la que se insta al Gobierno central a que se rebaje de 35 a 20 el número de peonadas necesarias para acceder al subsidio, con el fin de paliar los efectos del desempleo entre los trabajadores eventuales del campo ante la situación de sequía. Meses antes había anunciado el presidente andaluz un Plan de Empleo Rural por valor de 200 millones de euros para cuidar los montes. 

miércoles, 6 de marzo de 2013

Sistema de ciudades andaluz


En la revista electrónica de Geografía y Ciencias Sociales he encontrado este artículo sobre el sistema andaluz de ciudades. En el mismo se nos explica como se diseña desde los 70 hasta nuestros días este complejo sistema y como en el mismo ha tenido un peso específico para levantar la red de transportes.
El origen de todo está en un folleto titulado Bases para un programa territorial de Andalucía, elaborado en 1976 por el Instituto de Desarrollo Regional de la Universidad de Sevilla y editado por las Cámaras de Comercio andaluzas. En dicho folleto se presentó el primer modelo de ordenación territorial unitaria de Andalucía que conocemos. Es muy sintético y, en su expresión gráfica, se compone esencialmente de tres elementos: el ámbito regional dividido en provincias; tres ejes territoriales de desarrollo, con trazado paralelo que recorren el valle del Guadalquivir, el litoral mediterráneo y un trazado intermedio más difícil de asignar a una circunstancia natural, aunque coincidente en rasgos muy generales con la antigua carretera Jerez-Murcia; actualmente la A-382 y A-92; y un conjunto de 25 núcleos urbanos localizados en las inmediaciones de dichos ejes territoriales, seleccionados para sustentar un programa regional de desarrollo industrial. 

Líneas ejes de actuación industrial


Pese a su carácter esquemático la propuesta no sólo era coherente con las teorías del desarrollo entonces imperantes sino que, desde el punto de vista territorial, ampliaba sustancialmente las actuaciones precedentes, fuertemente concentradas en los polos de desarrollo y de promoción industrial iniciados en época de Franco y vinculados a los Planes de Desarrollo, que habían estado vigentes hasta ese momento. Con posterioridad a esta primera formulación, las aportaciones para definir el modelo territorial regional se han ido desgranando en distintos aspectos parciales, hasta que en 1999, transcurrido casi un cuarto de siglo, un documento que puede ser considerado el Avance del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, plantea explícitamente por primera vez, el concepto de modelo territorial regional. 

Para comprenderlo y contextualizarlo es preciso, señalar los antecedentes o formulaciones previas. En 1983 la Consejería de Política Territorial planteó una Propuesta de Comarcalización de Andalucía que, pese a no ser aprobada, legó algunos instrumentos útiles en las tareas posteriores de ordenación del territorio. El principal de ellos fue la división del territorio regional en 122 ámbitos funcionales y la selección de 127 centros urbanos; estos últimos debían acoger las dotaciones y equipamientos públicos que no podían estar presentes en todos los municipios. Deben subrayarse dos aspectos en relación con esta propuesta: en primer lugar su fracaso político, a partir de un importante rechazo municipal y, por otra parte, el hecho de que se anticipó a Ley de Bases de Régimen Local (Ley 7/1985) que estableció poco después, para toda España, los umbrales poblacionales (5.000, 20.000 y 50.000 habitantes) que se convertirían en criterios obligatorios para las dotaciones municipales mínimas. 
Tras el fracaso de la propuesta de división comarcal la Dirección General de Ordenación del Territorio recuperó en 1986 la selección de núcleos urbanos y la amplió hasta formular, con carácter sólo de estudio, el Sistema de Ciudades de Andalucía compuesto de 4 rangos urbanos (en general bien distribuidos sobre el territorio regional: capital regional -Sevilla-, 9 centros subregionales -las otras capitales de provincia, más Algeciras y Jerez de la Frontera-, 18 centros urbanos intermedios y otros 99 centros urbanos básicos), un cuadro de dotaciones y equipamientos correspondiente a cada nivel establecido y unos umbrales de accesibilidad mínima obligatoria expresada en términos temporales. Aunque este planteamiento dista de ser un modelo territorial completo ha sido quizás la propuesta pública de ordenación territorial más influyente en las dos últimas décadas del siglo XX, tanto en el plano de las ideas, como en el de los hechos, por razones que seguidamente se relacionan.

Sistema de ciudades de Andalucía


Vinculados con este sistema se aprueba en 1986 el primer Plan General de Carreteras de Andalucía elaborado conjuntamente por la Dirección General de Obras Públicas y la Dirección General de Ordenación del Territorio. El Sistema de Ciudades de Andalucía se utiliza en dicho instrumento como criterio fundamental para establecer la Red Principal de carreteras de la Comunidad Autónoma, una malla que contiene no sólo los tramos definidos por la administración central como Red de Interés General del Estado (RIGE), sino también otros propuestos por la administración andaluza, muchos de ellos basados en el Sistema de Ciudades. 

La Dirección General de Ordenación del Territorio intentó, en los años centrales de la década de 1980, que el Sistema de Ciudades de Andalucía fuera pauta de actuación principal para las políticas sectoriales que tuvieran que aplicar criterios de centralidad urbana en la distribución de sus dotaciones (Mapa Escolar, Mapa Sanitario, extensión agraria, promoción industrial, entre otras), pero los resultados de sus gestiones en este sentido fueron parciales. 
En la legislatura 1986-1990 la Dirección General mencionada perdió sus competencias ejecutivas e incluso se eliminó tal nombre de la estructura orgánica político-administrativa; manteniéndose únicamente las funciones de reconocimiento o de análisis en el Centro de Estudios Territoriales y Urbanos (CETU), circunstancia que se producía coetáneamente en el ámbito estatal con la desaparición de la Dirección General de Acción Territorial y la creación subsiguiente del Instituto de Estudios Territoriales y Urbanos (ITUR). 
En marzo de 1990 el Consejo de Gobierno andaluz acuerda aprobar las Bases para la ordenación del territorio de Andalucía. Primer documento integrador de ámbito regional. Este instrumento no propone un modelo territorial expresado unitariamente, pero contiene significativas propuestas de estructuras y sistemas territoriales de ámbito regional. En primer lugar el Sistema de Ciudades de Andalucía es recuperado íntegramente, actualizado en sus referencias a los servicios públicos y ampliado en su aplicación a políticas de desarrollo económico y promoción de actividades. Con una expresión espacial aún menos precisa se hace referencia al sistema productivo y al sistema físico-ambiental. De esta experiencia pueden destacarse algunos aspectos que nos parecen significativos. Se trata de una comprensión compleja del territorio que incluye aspectos poblacionales, socioeconómicos, naturales y ambientales, en la que se trasciende el análisis y se plantean en términos espaciales o territoriales un diagnóstico y un conjunto de propuestas de actuación; Se intenta la articulación entre diferentes redes o estructuras territoriales y de éstas con los sistemas que las propician, las limitan o las reclaman (sistema natural y sistema productivo); Se establece una primera formulación política explícita de ordenación territorial, con la que el ejecutivo andaluz adquiere un compromiso (aunque débil, ya que se aprobó con el rango de acuerdo, con carácter directivo y en ausencia de legislación específica); Las Bases pueden ser interpretadas como el instrumento propio de una etapa de indefinición en la política de ordenación del territorio, ya que la Dirección General en esta materia había sido reconvertida en Centro de Estudios Territoriales y Urbanos.
En la legislatura 1990-1994 se recupera la Dirección General de Ordenación del Territorio, hecho que evidencia la intención de relanzar o poner de nuevo un mayor énfasis en esta política. Efectivamente en dicho periodo se aprueba la Ley 1/94 de ordenación del territorio de Andalucía (LOTA), iniciativa que había fracasado en la etapa 1982-86, en la que un anteproyecto de ley quedó sin aprobar. 
En España durante la etapa de los gobiernos tecnocráticos de la Dictadura franquista, los años de la Transición democrática y las primeras legislaturas autonómicas, la LOTA se inclina abiertamente por afianzar una ordenación del territorio entendida como planificación física que, a escala regional o subregional, debe aportar los modelos territoriales que encaminen todas las actuaciones públicas con incidencia o repercusión espacial.

El LOTA define la ordenación del territorio y la diferencia claramente de otras políticas próximas (urbanismo, medio ambiente, planificación económica), establece objetivos propios para esta práctica, que queda esencialmente referida a la realización de tres tipos de instrumentos de ordenación: el plan regional, los planes subregionales y los planes con incidencia en la ordenación del territorio. Dichos planes están estrechamente relacionados, entre sí y con el planeamiento urbanístico municipal. El desarrollo de esta ley se está produciendo actualmente, aunque resulta necesario un mayor dinamismo en su aplicación, ya que hasta el momento presente sólo ha cristalizado, como ya se ha dicho, en la aprobación de un documento considerado avance del plan regional y la aprobación definitiva de un plan subregional, el correspondiente a la aglomeración urbana de Granada. En el aspecto que estamos considerando en este apartado (las estructuras y los sistemas territoriales) también es preciso destacar algunas aportaciones de la Ley 1/94. Tanto en la definición de los contenidos obligatorios del plan regional, como de los planes subregionales (artículos 7 y 11) se hace referencia, aunque sin asentar de manera suficientemente los conceptos, al "sistema de ciudades", "los principales ejes de comunicación" y "las infraestructuras básicas", diferenciándolos claramente de la distinción de áreas o zonas, aspecto que trataremos en el siguiente epígrafe numerado de este escrito. 
En la última década del siglo XX se han producido, además, otras actividades que también han contribuido a definir las estructuras y sistemas territoriales que pueden cohesionar internamente la Comunidad Autónoma y relacionarla mejor con otros ámbitos. 
Red principal de carreteras